ESTADO Y MUNICIPIO EN EL PERÚ
A.-Las formas de estado
B.- Centralismo, descentralismo y desconcentración.
C.- Algunas implicacionesD.- El caso del PerúE.- Los Gobiernos LocalesF.- Ubicación del Municipio dentro del estado moderno.G.-El Municipio en la Constitución de 1979
H.-El Municipio en la Constitución de 1993
I.-La autonomía política del Municipio
J.- La Ley Orgánica en el Perú:
Constitución de 1979 y 1993
K.- El bloque de constitucionalidad
L.- Las Ordenanzas y su rango de Ley
M.- Conclusión
A.- LAS FORMAS DE ESTADO
1.- Estado Unitario 2.- Estado Federal 3.- Estado Regional
A.-Las formas de estado
B.- Centralismo, descentralismo y desconcentración.
C.- Algunas implicacionesD.- El caso del PerúE.- Los Gobiernos LocalesF.- Ubicación del Municipio dentro del estado moderno.G.-El Municipio en la Constitución de 1979
B.- Centralismo, descentralismo y desconcentración.
C.- Algunas implicacionesD.- El caso del PerúE.- Los Gobiernos LocalesF.- Ubicación del Municipio dentro del estado moderno.G.-El Municipio en la Constitución de 1979
H.-El Municipio en la Constitución de 1993
I.-La autonomía política del Municipio
J.- La Ley Orgánica en el Perú:
Constitución de 1979 y 1993
K.- El bloque de constitucionalidad
L.- Las Ordenanzas y su rango de Ley
M.- Conclusión
A.- LAS FORMAS DE ESTADO
1.- Estado Unitario 2.- Estado Federal 3.- Estado Regional
B.- CENTRALISMO, DESCENTRALISMO Y DESCONCENTRACIÓN
En el centralismo existe un único centro de poder del cual depende todo lo periférico y de donde parte las directivas para el resto. Es el modelo clásico y natural y el que ha hecho posible la existencia de los estados actuales. El centralismo es creacion napoleónica.
A principios del siglo XX empieza a abrirse paso una fuerte corriente descentralizadora, esto significa crear otros centros a los cuales se les atribuye competencias, por un lado se agiliza la administración y por otro se descarga al poder central y mas ágil en sus decisiones.
Hablamos de una descentralización normativa cuando se le da la capacidad para generar normas dentro del ámbito de su competencia y con alcance territorial.
El federalismo es una descentralización llevada a sus extremos y una descentralización política en sentido estricto, pues cada una de las partes se da su constitución, se das sus leyes, tiene su ejecutivo, su legislativo y sus jueces.
Desconcentración es el desdoblamiento que de si mismo hace el poder central, para atender mejor las necesidades de la periferia. En la descentralización se crea otros centros de decisión autónomos, en la desconcentración existe un solo centro con multitud de auxiliares pero hay un solo centro y el a descentralización hay varios. En la descentralización existe un reparto de poder mientras que en la desconcentración no sucede, en la descentralización existe un principio de tutela de la legalidad.
En la desconcentración el ente desconcentrado no ha dejado de pertenecer al ente central y está sometido al principio jerárquico.
C.-ALGUNAS IMPLICACIONES.
En un estado unitario puede ser centralizado o puede ser descentralizado como es el caso de Colombia en su constitucion de 1991 en donde existe los departamentos con atribuciones específicas, por otro lado existen federaciones que son centralizadoras o centralizantes como es Venezuela y Argentina.
En el federalismo son entes separados o agrupados debilmente que se unen con con mutuas concesiones para formar una entidad tales el caso de EE.UU. Argentina, Venezuela, Suiza, Alemania, Australia, Etc.
Por otro lado el estado unitario ya no es totalmente centralizado ha ido avanzando a grandes formas de desconcentración y sobre todo de descentralización. Y hay varias formas de descentralización (administrativa, política, financiera, etc.), por ejemplo Chile tiene un avanzado proceso de descentralización a través de regiones y están a cargo de un intendente nombrado por el poder ejecutivo.
D.- EL CASO DEL PERÚ.
Desde su independencia el Perú ha tenido una trayectoria con altas y bajas, en los primeros debates se discutieron si se escogía la república o la monarquía y segundo si se optaba por un modelo federal o unitario, San Martín optaba por la monarquía que gozaba de aceptación limeña pero al final se impuso la república. En cuanto a la forma de estado se aceptaba la unitaria o federal, existió durante todo el siglo XIX una tentación federal que se expreso en unos experimentos fallidos (Federación de los Andes, Confederación Perú Boliviana. Hubieron ensayos de descentralización de bastante éxito a través de las juntas departamentales en el siglo XIX, En el siglo XX en la constitución de 1920 se creó los congresos regionales, del Norte, Centro y Sur.
La constitución de 1933 creó los consejos departamentales con facultades administrativas, fiscales y normativas, nunca se aplicó pero se ensayaron formas de descentralización como las llamadas corporaciones de desarrollo en la década de 1950.
La constitución de 1979 creó las regiones fracasó y concluyó en 1990.
La constitución de 1993 elimino el modelo, restableció los clasicos departamentos republicanos y fortaleció los municipios.
E.- LOS GOBIERNOS LOCALES.
Significa todo aquello que no es central, gobierno local es sinónimo de gobierno municipal, clasicamente se entiende por municipio un pedazo de tierra relativamente pequeño, en la cual una determinada población se conoce, se trata y está en relación continua, adoptando decisiones en común.
Así considerado el municipio era de muy pocas leguas o kilómetros de extensión que reunía a los vecinos más cercanos, unidos por los mismos intereses.
España tiene mas de 8.000 municipios y Francia mas de 36000.
F.- UBICACIÓN DEL MUNICIPIO DENTRO DEL ESTADO MODERNO.
Texto resumido de: Domingo García Belaunde.
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