martes, 5 de enero de 2016

DOCUMENTO DE COMPRA Y VENTA DE UN TERRENO

DOCUMENTO DE COMPRA Y VENTA DE UN TERRENO

            Conste por el presente documento privado, de compra y venta de un terreno, que celebramos en el distrito de Chontalí, Provincia de Jaén, ante mi despacho se presentaron la señora: GLORIA MADELINE CORONEL GUEVARA, Identificada con DNI N° 27718070, de 39 años de edad, domiciliada en la calle Alfonso Ugarte S/N, del Distrito de Chontalí, en calidad de vendedora de un terreno con plantación de café ubicado en la parte Este del Distrito de Chontalí, de la otra parte la señora YOHANI DIAZ DIAZ, Identificada con DNI N° 43873591 de 26 años de edad, Domiciliada en el Distrito de Chontalí, Sector Pueblo Nuevo, como compradora, en los términos y condiciones que se identifican a continuación:
            PRIMERO.- la señora Gloria Madeline Coronel Guevara, da en venta real y enajenación perpetua a favor de la Sra: YOHANI DIAZ DIAZ, como compradora de un terreno ubicado en la parte Este del distrito de Chontalí- Sector Pueblo Nuevo, de una extensión de más o menos un cuarto de hectárea, la cual tiene las siguientes límites o linderos.
            POR EL ESTE.- colinda con la familia Vásquez Cieza teniendo como señales plantas de guineos.
            POR EL OESTE.- Colinda con la propiedad de la Sr: Orfelinda Pérez, teniendo como señales una ………… con agua y una piedra de regular tamaño y plantas de pencas.
            POR EL NORTE. Colinda con la propiedad de la familia Vásquez Cieza, teniendo como señales plantas de guabas y plantas de pencas.
            POR EL SUR.- Colinda con la propiedad de la Sr. Orfelinda Pérez, donde es principio y fin de linderos.
SEGUNDO.- El terreno que vende la Sr: Gloria Madeline Coronel Guevara es adquirido por su propio esfuerzo el cual cuenta con su respectivo documento de compra y venta y su respectivo entrada y sólida, dicho terreno cuenta con plantación de café en su totalidad.
TERCERO .- El terreno es pactado en la suma total de S/. 11,000.00 (Once Mil Nuevos Soles), la Sr. JOHANI DIAZ DIAZ como compradora cancelo toda la cantidad de dinero en mención en moneda peruana.
CUARTO.- De ambas partes son capaces de tratar y contratar y en buen estado físico y mental en perfectas condiciones.
QUINTO­.- Dicho terreno es adquirido con un dinero que ha dejado el Sr. CRISENCIO TARRILLO GONZALES, el que en vida fue, para su esposa mencionada y su menores hijos: MERCY  NANINAY JANS MARCOS TARRILLO DIAZ, quienes podrán disponer de dicho inmueble posteriormente.
SEXTO:- Tanto los vendedores así como la compradora interesados del contenido del presente documento pasan a firmar en señal de conformidad.

Chontalí , 27 de Diciembre 2012




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Gloria Madeline Coronel Guevara                       Johani Díaz Díaz



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TGO                                                                                     TGO




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JUEZ DE PAZ


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