miércoles, 30 de diciembre de 2015

El perito contrable Monografia


Escuela Profesional de Derecho

ALUMNA:
Maria Vargas Goicochea

CICLO:
XI

CURSO:
Peritaje Contable

DOCENTE
CPC… Cosme Navarro Heredia


JAÉN - 2015



Contenido













DEDICATORIA


Primeramente a dios por haberme permitido llegar hasta este punto y haberme dado salud, ser el manantial de vida y darme lo necesario para seguir adelante día a día  para lograr mis objetivos, además de su infinita bondad y amor.























AGRADECIMIENTO


Quisiera agradecer a mis profesores ya que ellos me enseñaron a valorar los estudios y a superarme cada día, también agradezco a mis padres porque ellos estuvieron en los días más difíciles de mi vida como estudiante, mis hijos.

Y agradezco a Dios por darme la salud que tengo, por tener una cabeza con la que puedo pensar muy bien y además un cuerpo sano y una mente de bien.

Estoy seguro que mis metas planteadas darán fruto en el futuro y por ende me debo esforzar cada día para ser mejor en la Universidad y en todo lugar sin olvidar el respeto que engrandece a la persona.















INTRODUCCIÓN


La labor del Perito Contable Judicial como actividad especializada, ha venido desenvolviéndose en nuestro país en forma muy relativa y de apoyo a la administración de justicia, el Peritaje es en todo proceso, uno de los medios de prueba más significativos e importantes.

Sin la realización del Dictamen Pericial, el Juez muchas veces no podrá poner final al litis. La eficacia de la prueba sólo será cuando el Perito desarrolle un eficiente trabajo contable Pericial, que ni el abogado, fiscal y juez podrán formularlo sin el asesoramiento del profesional en Contabilidad como lo es el Contador Público.

Según la citada Ley N° 13253 del 11 SET 1959, de profesionalización de Contador Público (Ley Nº 28951 del 15 ENE2007, Ley de actualización de la ley N° 13253, de Profesionalización del Contador Público y de creación de los Colegios de Contadores Públicos), es una labor exclusiva que le corresponde realizar a los Contadores Públicos, consecuentemente este reconocimiento legal, otorgado con verdadera justicia, los compromete a ejercer la profesión con la diligencia que las normas exigen textualmente.








EL PERITO CONTABLE POR SU FORMACIÓN PROFESIONAL BASADO EN EL ANÁLISIS Y CONTROL…


Para entrar a tallar el tema y así de esta manera tener un mejor entendimiento sobre el presente empezaremos a citar y tratar algunos conceptos básicos que nos llevaran a un mejor entendimiento.

PERITO CONTABLE


Es un Contador Público Colegiado, que contando con la experiencia del caso y la especialización en el área pericial, puede ser llamado para actuar como perito de oficio (Estado) o de parte en un proceso arbitral, administrativo, judicial, militar, con el objeto de esclarecer hechos que tiene relación con su profesión.

LA FORMACIÓN PROFESIONAL


La formación profesional es el nivel educativo que se prepara para una actividad profesional y se capacita para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, en este caso la profesión sería un contador (perito contable).

ANALISIS


Examen detallado de una cosa para conocer sus características o cualidades, o su estado, y extraer conclusiones, que se realiza separando o considerando por separado las partes que la constituyen. (Para emitir una pericia contable judicial).

CONTROL


Examen u observación cuidadosa que sirve para hacer una comprobación.


PROCESO


El concepto Proceso en casos legales vinculados con la Administración de Justicia significa avanzar o dinamizar la actuación de formalidades, requisitos, intervención de jueces, abogados, partes, auxiliares de justicia, etc., para dar cumplimiento y aplicar las normas que existen a fin de regular lo que corrientemente se denomina “proceso”.

Proceso viene hacer, por tanto, el conjunto de actos regulados por el derecho que tiene por fin predominante servir para la composición de un litigio o la formalización de aquellas situaciones que requiere de todos los componentes del proceso para que tengan validez.

 Este concepto incluye tanto la aplicación para la mayor parte de casos contenciosos como también no contenciosos.

El término “proceso” se ha impuesto universalmente, por comprender todos los actos encaminados para obtener la justicia, y con la denominación de Derecho Procesal, la que se ocupa de su estudio.

En la evolución del proceso ha tenido gran influencia de un lado el Derecho Romano y de otro la codificación en el mundo, aparte de la doctrina procesal para darnos cuenta de lo que debe ser un proceso en el mundo en que vivimos.

PERITO


Se define  como sabio, práctico, experto, hábil, versado en una ciencia, arte u oficio. 

El diccionario Larousse indica que es  la persona autorizada legalmente para dar su opinión  acerca de una materia (en este caso contable).

Es el experto en algún arte u oficio, el perito  es un profesional que se  desenvuelve dentro del Poder Judicial o vinculado a ella, y va a laborar en litis o controversias jurídicas, ayudando al juez, dándole un alcance técnico profesional sobre aspectos que él desconoce mediante un informe, todo esto para una mejor administración de la justicia.

PERICIA CONTABLE


Es la labor de investigación  desarrollada por un Contador Público Colegiado en un proceso judicial, contando con la información del expediente judicial, los  libros y registros de contabilidad y la información de las partes y de terceros y realizando la aplicación de métodos y procedimientos  que le permiten esclarecer los hechos puestos a su consideración.

PERITAJE CONTABLE


Es el documento que el Perito presenta  como resultado de su labor, el cual contiene una estructura  aprobada  en el XI Congreso de Contadores Públicos del Perú, se le conoce también como  informe pericial o prueba pericial o informe contable judicial.

EL CONTADOR PÚBLICO Y SU FORMACIÓN PROFESIONAL


El Contador Público es un profesional capacitado que presta asesoramiento a las empresas para la toma de decisiones eficientes, y el buen manejo de sus recursos económicos y financieros que tienen una participación activa en la vida económica del país y, por ende, una responsabilidad actuando con rectitud y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las reglas de ética más elevadas en todo sus actos en el desarrollo de sus actividades ya sea independiente o dependiente de la profesión contable.

Los contadores deberán acatar las normas de conducta que señala el código de ética profesional en caso contrario tendrán que someterse a responder civilmente o penalmente por los daños y perjuicios que podría causar por incumplimiento de sus obligaciones o cometer delitos tributarios durante el ejercicio de su función y en consecuencia. Estará inmerso en un proceso penal.

CONDICIONES DEL PERITO CONTABLE


El Perito Contable debe reunir una serie de condiciones inherentes a su especialidad  pudiendo citarse las siguientes:

IDONEIDAD


Capacidad técnico – científica dentro de la especialidad  y poseer la  necesaria “cultura jurídica” relacionada con el ámbito de la  especialidad  que le permita cumplir con  cualquier  encargo  dentro de los distintos fueros judiciales.

CUALIDAD INVESTIGADORA


Debe poseer esta cualidad que le permita conocer una serie de campos ajenos a la contabilidad,  empleando la lógica aplicada  y su experiencia profesional.

RESPETO A LAS NORMAS ÉTICAS Y REGLAMENTARIAS.


Es condición  especial que la conciencia del perito  Contable este plenamente  condicionada para el respeto a todas las normas éticas, jurídicas y reglamentarias de la especialidad.



SOLIDARIDAD PROFESIONAL


La condición de Perito Contable  exige algo más que el simple compromiso moral, debe exigirse la solidaridad contemplada en las normas internas  del Colegio de Contadores Públicos de Lima. 

EL TRABAJO DEL PERITO COMO RESPONSABILIDAD SOCIAL


El peritaje es una labor de investigación, de análisis, control y de síntesis; para la obtención de juicios de valor que sustenten la opinión del perito.

Los Contadores Públicos, como auxiliares de la justicia, desarrollan peritajes sobre hechos o eventos financieros de hecho económicos que afectan los fondos públicos o privados, determinan las actuaciones falsas u omisiones de los funcionarios públicos o ejecutivos en el ejercicio de sus responsabilidades.

El perito contable es auxiliar de la justicia en los casos en que señala la ley, como perito expresamente designado para ello. También en esta condición el Contador Público cumplirá con su deber teniendo las más altas miras de su profesión, la importancia de la tarea que la sociedad le encomienda como experto y la búsqueda de la verdad en forma totalmente objetiva.

En este caso hay que tener en cuenta una de las disciplinas que tiene competitividad técnico científica en la investigación de los delitos, el estudio científico de los indicios o evidencias materiales como lo es la Criminalística, que proporciona información de vital importancia para encausar de manera técnica cualquier investigación de algún hecho presuntamente delictuoso, a efectos de aprobar o desaprobar cualquier aspecto cuestionado sobre el autor, la víctima, el escenario del suceso.

Perito Contable Judicial,  Es el Contador Público Colegiado que reuniendo especiales condiciones científicas, técnicas y de experiencia es nombrado por el administrador de justicia (REPEJ), en las diversas instancias y jurisdicciones, para que lo asesore  informándole sobre determinados  asuntos litigiosos y/o  controvertidos de naturaleza  contable y financiera.

CARACTERÍSTICAS QUE DEBE REUNIR EL  PROFESIONAL PARA PERITO CONTABLE JUDICIAL.


El colegio de contadores públicos de lima contempla los parámetros siguientes en su reglamento del ejercicio del peritaje contable judicial aprobado por el consejo directivo en sesión del 04/09/85.

·         Tener una experiencia profesional no menor de cinco años como contador, auditor interno o auditor independiente.
·         Concurrencia de 2 años como miembro inscrito en el comité de peritos judiciales, con una asistencia de 25% de las reuniones efectivas realizadas por dicho comité.
·         Asistir al curso de especialización “PERITAJE CONTABLE JUDICIAL”, que dicta CIDEPRO en coordinación con el comité de peritos judiciales con asistencia no menor de 80% de las clases dictadas.


















CONCLUSIONES

·         El profesional como es el perito contable emite el informe que es la culminación de la labor pericial, el resultado de todo el desarrollo de esta labor está expresado a través de las conclusiones, que representan la opinión del Perito.

·         Por eso, las conclusiones del profesional contable deben resultar como una consecuencia del análisis y fundamentación de una o más consideraciones y no pueden resultar como elementos nuevos que, antes, no fueron tratados en todos los aspectos para llevar al Perito al convencimiento de la evidencia de sus afirmaciones. 

·         Es importante destacar que la opinión del Perito, expresada a través de su(s) conclusión(es), no debe ofrecer dudas en su exposición.
















ANEXOS




































































BIBLIOGRAFÍA – LINKOGRAFÍA



·         Ley Orgánica del Poder Judicial
·         Código Procesal Civil
·         Código Procesal Penal
·         Colegio de Contadores: III Convenio Nacional de Peritos Contables Judiciales 1996
·         El Perito Contador Judicial: CPC Carmen Diaz Caballero
·         Normas Reglamentarias de la Pericia Judicial: CPC Victor Hugo Andrade Laya
·         La Pericia Contable: Alberto Ruiz Caro Muñoz
·         www.google.com
·         www.wikipedia.org
·         www.monografias.com
·         www.cacvirtual.upla.edu.pe
·         https://es.scribd.com
·         www.slideshared.net


1 comentario:

  1. pienso que la cualidad mas grande que debe tener un perito es la integridad hay muchos que se prestan para falsificación o para hacer la vista gorda en algunos sentidos lo cual no solo viola lo ético si no la legalidad e importancia del juicio y sentencia

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